Finalizábamos nuestra entrada anterior diciendo que «hasta esa fecha no había sido tratado el tema del edificio industrial de Escuza 4 en la Comisión de Patrimonio de Bilbao. No es hasta la reunión de esta Comisión celebrada el 22 de octubre de 2018 cuando el edificio protegido aparece por vez primera en el orden del día, pero para dejarlo pendiente hasta una próxima reunión. Finalmente, es en la reunión de la Comisión de Patrimonio del día 20 de noviembre cuando se somete al juicio de los componentes de la misma la decisión sobre el edificio protegido.»
La Comisión de Patrimonio del ayuntamiento de Bilbao es una gran desconocida. Recientemente, sin embargo, el blog Arquilectura ha publicado una entrada que aporta información sobre su composición y los miembros que forman parte de la misma. Hemos consultado en la web municipal las actas de la Comisión de Patrimonio y en la correspondiente al 20 de noviembre de 2018, en su punto 7, se trata el asunto del edificio protegido de Escuza 4, en relación con la solicitud de la licencia de obras para el derribo del mismo.
Este es el texto literal del acuerdo y el resultado detallado de la votación:
7º.- Idem, en relación con la licencia de obras solicitada por GRUPO PROMOTOR ESCUZA 4, S.L. para el derribo del edificio situado en la c/ José Mª Escuza nº 4. (Expte.: 2018-043482).
– Con el voto en contra de la Sra. Etxarri, la Comisión por mayoría dictamina favorablemente la licencia solicitada, por ajustarse a la normativa al tratarse de un edificio de Conservación Básica Nivel D.
Votos a favor del derribo:
ASIER ABAUNZA ROBLES, Presidente. Tte. Alcalde Delegado de Urbanismo
Vocales:
IBON ARESO MENDIGUREN, arquitecto.
MIKEL OCIO ENDAYA, arquitecto.
ANA ALCIBAR ASPURU, arquitecta.
AITOR IRIARTE CORTAZAR, arquitecto.
PEDRO ISPIZUA ANDUIZA, arquitecto.
Mª JESÚS CAVA MESA, historiadora.
JOSE MIGUEL AGIRREGOMOZKORTA, arquitecto.
CARMEN CAYUELA CAMARERO, abogada. Secretaria de la Comisión.
Voto en contra del derribo:
NEREA ETXARRI VILLAR, arquitecta. COAVN.
Es decir, el único voto en contra del derribo total, incluso los elementos protegidos (fachada exterior y portal) es el emitido por la representante de la Delegación en Bizkaia del Colegio Oficial de Arquitectos Vasco Navarro (COAVN).
No deja de sorprender el argumento dado para justificar el derribo: «por ajustarse a la normativa al tratarse de un edificio de Conservación Básica Nivel D«. Deja la impresión de que cualquier edificio protegido en el nivel D, puede perder su protección de manera irremisible tan solo porque su propietario decida derribarlo, tan solo con la condición de que lo apruebe la Comisión de Patrimonio. No pudo ser ese el espíritu del legislador; no sería fácilmente entendible. Siempre quedaría como preponderante el interés particular y privado frente al colectivo. Las condiciones impuestas en el nivel D, en cualquier caso, son muy limitadas: conservación de la fachada y el portal, por lo que la propiedad -y el proyectista- tendrían bastante libertad para actuar en el caso de que así se acabase decidiendo.
El acta es muy escueta y no aclara los pormenores del debate -si es que lo hubo- ni las razones que el Área de Urbanismo haya podido aportar para facilitar el derribo, suprimiendo la protección de la que el edificio había gozado durante tantos años, justificada en su día tanto por el criterio de los redactores del catálogo como por los grupos políticos que aprobaron el PGOU vigente. Eliminar la protección de un edificio, aunque la misma sea parcial como en este caso, no es un tema baladí ni que pueda ser considerado ligeramente. La villa, la ciudadanía actual y futura, así como quienes nos visitan, sufren una pérdida con cada desprotección y derribo. Si la única justificación existente fuese el facilitar la actividad inmobiliaria de un particular (en un lugar que ese particular ya conoce de antemano que es posesor de unos valores patrimoniales que la ciudad ha apreciado como merecedores de permanencia, en el momento de aprobarse el PGOU) no parece que la función de los representantes de la ciudadanía deba ser el atender a ese tipo de consideraciones, sino, antes bien al contrario, atender al bien general. En su caso, ejerciendo el voto contrario al proyecto de derribo o, incluso, proponiendo una elevación en el nivel de protección si consideran que el tiempo transcurrido desde la aprobación del PGOU ha acrecentado la valoración del edificio; esto es lo que sucede en el caso de la arquitectura de la segunda mitad del siglo pasado y, sobre todo, con la arquitectura industrial.
Hay otras consideraciones que, en nuestra opinión, habrían justificado la negativa al derribo por parte de la Comisión de Urbanismo. El paisaje urbano de ese ensanche tardío, ciertamente no posee las características que le confieren al primer ensanche las actuaciones más relevantes de los arquitectos de la primera mitad del siglo XX. Con otros materiales y otras formalizaciones, sin embargo, mantiene una cierta unidad que le confiere también valores relevantes que, en casos como el de Escuza 4 o en el cercano del Garage Indautxu, protegido como monumento BCC, justifican el mantenimiento de la arquitectura legada por las generaciones anteriores, y no solo de uno o dos edificios aislados y descontextualizados.
Otra razón relevante es las grandes posibilidades de reutilización y rehabilitación que poseen los edificios comerciales o industriales, como la Asociación Vasca de Patrimonio Industrial y Obra Pública, AVPIOP, pone de manifiesto permanentemente. Incluso manteniendo no solo la fachada principal, sin la totalidad del volumen construido y su estructura portante. Sobran muestras por el mundo, pero ni los promotores ni los arquitectos necesitan ir muy lejos para tomar ejemplo: en Bilbao, el primer edificio construido en España con estructura de hormigón armado, la antigua fábrica de harinas La Ceres de 1899, en el Muelle de la Merced, tras 120 años de existencia, desde hace unos años acoge usos residenciales. Otro edificio de 1902, la fábrica de harinas de Irala, aloja un museo y usos terciarios y de servicios para el barrio. Y en Deusto, la fábrica de correas de cuero de Mendizabal -el conocido edificio El Tigre- del reconocido arquitecto Pedro Ispizua, se reconvirtió en viviendas con bastante acierto y se ha convertido en un icono de la ciudad. Y cabe suponer que ninguno de los empresarios privados que acometieron las iniciativas sufrieran menoscabo de sus intereses empresariales. Hoy, desgraciadamente, con los criterios imperantes, podemos decir que los tres edificios podrían acabar siendo derribados.
Y la pregunta final podría ser: ¿Qué ha ganado la ciudad con el derribo de la arquitectura de Emiliano de Amann y su sustitución por el edificio proyectado por el Estudio de arquitectura SOSERTEC S.L.P. ubicado en dicho edificio?
ARCHIVO:
2019/08/08 El edificio de Escuza, 4 estaba protegido en el vigente Plan General de Bilbao
2019/06/12 Bilbao. Se aceleran las demoliciones de arquitecturas industriales valiosas. Ahora Escuza, 4
2019/01/17 El edificio industrial de la Central de Artesanía en José M.ª Escuza nº 4 de Bilbao
Se podria paralizar la demolicion ?
Este sanedrín del terrorismo cultural son todos funcionarios que cobran de la administración y por tanto a las ordenes del impresentable Asier Abaunza un inculto comisario del PNV. Esta domesticados sino doblegados por las inmobiliarias. Asimismo es despreciable la presencia de esta historiadora Maria Jesus Cava una servil mujer aduladora al servicio del poder indiscriminadamente sea el PP o el PNV, a cambio le otorgan becas y subvenciones.
ASIER ABAUNZA ROBLES, Presidente. Tte. Alcalde Delegado de Urbanismo
Vocales:
IBON ARESO MENDIGUREN, arquitecto.
MIKEL OCIO ENDAYA, arquitecto.
ANA ALCIBAR ASPURU, arquitecta.
AITOR IRIARTE CORTAZAR, arquitecto.
PEDRO ISPIZUA ANDUIZA, arquitecto.
Mª JESÚS CAVA MESA, historiadora.
JOSE MIGUEL AGIRREGOMOZKORTA, arquitecto.
NOTA JOSE MARÍA ESCUZA 4
Consideraciones en relación con el edificio industrial sito en la calle Jose María Escuza nº 4:
1.- Desde el año 1994 disponía del nivel de protección “D”. Este nivel de protección limita las intervenciones en la edificación hasta la fecha en que se produzca la sustitución de la misma. Por tanto, protege la edificación durante la vida útil del inmueble, cuya fecha de caducidad la determina el propietario del mismo.
2.- Por tanto, la Comisión de Patrimonio Histórico del Ayuntamiento de Bilbao se limitó a tomar razón de la decisión del propietario, ya que la misma se encontraba amparada por el marco normativo del Plan General, tanto en lo relativo al reconocimiento de derechos, como en lo relacionado con la protección del Patrimonio Histórico.
3.- La fecha de la toma de razón por parte de la Comisión de Patrimonio no parece el momento procedimental oportuno para imponer limitaciones a los derechos del particular, teniendo en consideración que el plazo temporal entre el reconocimiento de los derechos (1994) y la toma de razón (2019) es de 25 años. Durante ese periodo de tiempo no se ha recogido iniciativa alguna que promoviera la introducción de ajustes en la normativa de protección del Patrimonio Histórico.
4.- En el mes de febrero se sometió a un segundo trámite de información pública el nuevo Plan General de Ordenación Urbana del municipio. Es el documento que define el marco reglamentario de los derechos urbanísticos de los particulares, entre otros, el relativo a las limitaciones en materia de protección del Parlamento Histórico. Durante el período de información pública todos los ciudadanos bilbaínos tenemos el derecho de alegar ante la administración municipal, en relación con los contenidos del documento de planeamiento aprobado inicialmente el año 2019. Es, por tanto, el momento de exponer los criterios generales y señalar las determinaciones concretas que el plan deberá recoger entre sus contenidos, con objeto de que la nueva regulación permita respetar en su justa medida el patrimonio arquitectónico heredado.
5.- El número 4 de Jose María Escuza ha estado ocupado por una edificación de carácter industrial, a la que su monumentalidad clásica le ha otorgado un cierto protagonismo. El simple y rotundo esquema geométrico de su composición, la escala “mega” o giga” del pórtico que conformaba la fachada, así como la insistente repetición del ventanal y la franja decorada con la punta de diamante daban forma a una construcción, que no alcanzó la calidad compositiva del Edificio Delclaux situado en el número 30 de Alameda de Rekalde, del mismo autor. Por esta razón en el Plan General de 1995, el Edificio Delclaux se incluyó en el nivel “C” de protección, que exige su mantenimiento; y sin embargo, el situado en Jose María Escuza quedó protegido con el nivel “D”, nivel que permite el derribo del edificio en caso de sustitución.
Pedro Ispizua Anduiza